viernes, 26 de octubre de 2007

MANEJO DE RESIDUOS

METODOLOGIA PARA LA IMPLEMENTACION DEL PLAN DE MANEJO INTEGRAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (PMIRS)
INTRODUCCION


El Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA- conciente de las problemática de los residuos sólidos en Colombia; tiene como deber el cumplimiento de la legislación ambiental vigente; motivo por el cual en el desarrollo de este documento presenta una metodología para la elaboración de los Planes de Manejo Integral de Residuos Sólidos (PMIRS), los cuales deberán dar cobertura a la totalidad de los residuos generados en los procesos que se adelantan al interior de los Centros de Formación; teniendo siempre el compromiso con la prevención, minimización de riesgos para la salud y el medio ambiente, así como la mejora continua en el desempeño ambiental de los procesos.

En la actualidad toda actividad productiva debe estar integrada a procesos de desarrollo sostenible, en el cual la utilización de los recursos naturales para la satisfacción de necesidades no implique el deterioro del medio ambiente.
1. MARCO NORMATIVO

Constitución Política de Colombia.

Ley 388 de 1997, Ley de Ordenamiento Territorial

Política de Gestión Integral de Residuos Sólidos, Ministerio de Medio Ambiente, 1998

Política Nacional de Producción Más Limpia, Ministerio de Medio Ambiente,1998

Ley 142 de 1994, Régimen de Servicios Públicos Domiciliarios

Ley 286 de 1996, Por medio del cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994.

Ley 632 de 2000, Por la cual se modifican parcialmente las leyes 142, 143 de 1994, 223 de 1995 y 286 de 1996.

Ley 689 de 2001, por la cual se modifica parcialmente la Ley 142 de 1994.

Decreto 1713 de 2002, por el cual se reglamenta la Ley 142 de 1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo y el Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos.

Decreto 1140 de 2003, por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002.

Decreto 1505 de 2003, por medio del cual se modifica parcialmente el Decreto 1713 de 2002.

Resolución No.1096 de 2000, expedida por el Ministerio de Desarrollo Económico, por la cual se adopta el Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico – RAS.

Decreto Ley 2811 de 1974, Por el cual se dicta el Código Nacional de Recursos Naturales Renovables y de Protección al Medio Ambiente.

Ley 9 de 1979, Código Sanitario Nacional, es un compendio de normas sanitarias para la protección de la salud humana.

Ley 99 de 1993, por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional Ambiental -SINA- y se dictan otras disposiciones.

Ley 253 de 1996, Por medio del cual se aprueba en Colombia el Convenio de Basilea.

Ley 430 de 1998, por la cual se dictan normas prohibitivas en materia ambiental referentes a los desechos peligrosos

Decreto 02 de 1982, Decreto reglamentario del Código de recursos naturales en cuanto a calidad del aire.

Decreto 1594 de 1984, Por medio del cual se reglamenta parcialmente la Ley 9 de 1979 y el Decreto Ley 2811 de 1974 en cuanto a usos de aguas y residuos líquidos.

Decreto 948 de 1995, por el cual se reglamenta parcialmente la ley 23 de 1973, los artículos 33,73, 74, 75 y 76 del Decreto 2811 de 1974; los artículos 41, 43, 44, 45, 48 y 49 de la ley 9 de 1979, y la ley 99 de 1993 en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y protección de la calidad del aire.

Decreto 2676 de 2000, por la cual se reglamenta el manejo integral de residuos hospitalarios.

Decreto 1609 de 2002, Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.

Decreto 1180 de 2003, por medio del cual se reglamenta el título VIII de la Ley99 de 1993 sobre Licencias Ambientales.

Resolución No. 189 de 1994, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, por la cual se dictan regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos.

Resolución No. 541 de 1994, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, por la cual se regula el cargue, descargue, transporte, almacenamiento y disposición final de materiales, elementos, concretos y agregados sueltos de construcción, de demolición y capa orgánica, suelo y subsuelo de excavación.

Resolución No. 415 de 1998, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, por la cual se establecen los casos en los cuales se permite la combustión de los aceites de desechos y las condiciones técnicas para realizar la misma.

Resolución No. 058 de 2002, expedida por el Ministerio de Medio Ambiente, establece normas y límites máximos permisibles de emisión para incineradores y hornos crematorios de residuos sólidos y líquidos.

Resolución No.150 de 2003, expedida por el Instituto Colombiano Agropecuario, por la cual se adopta el Reglamento técnico de fertilizantes y acondicionadores de suelo para Colombia.

2. OBJETIVOS


· Optimizar el uso de los recursos y las materias primas empleadas durante los procesos.

· Identificar los tipos de residuos generados.

· Prevenir y minimizar la generación de residuos desde su oriegen.

· Diseñar e implementar estrategias para la correcta disposición de los residuos.


3. JORNADAS DE SENSIBILIZACION

Los alumnos, instructores y todo el personal administrativo como generadores de residuos sólidos deberán tener una cultura de reducción en el origen, clasificación en la fuente, almacenamiento, aprovechamiento, presentación y disposición adecuada, según
la normatividad vigente.

Diseñar estrategias de información y educación con participación de los diferentes generadores de residuos sólidos,

Impulsar y fortalecer el desarrollo de proyectos ambientales y el eje transversal de las ciencias ambientales en el tema de los residuos sólidos, con énfasis en la separación, reducción, reuso y reciclaje,

Aplicar programas de incentivos que estimulen la reducción, reuso y reciclaje de residuos sólidos.

Realizar alianzas o convenios con entidades encargadas de la recolección de residuos con el fin de garantizar que los residuos que no son depositados en el relleno sanitario, tengan una correcta disposición y/o aprovechamiento.


4. RESIDUOS

Al interior de cada Centro de Formación se debe realizar en cada una de las áreas o dependencias (oficinas, restaurantes, aulas, talleres, laboratorios):

Diagnostico de la generación de residuos.

Identificar y clasificar los residuos sólidos desde su generación.

Manejar por separado los residuos de características comunes y especiales.

Investigar, adaptar y aplicar tecnologías sostenibles para su reducción, manejo, almacenamiento, tratamiento y disposición final.

Diseñar e implementar el sistema de control y monitoreo necesario, con los instrumentos correspondientes, para ejercer la vigilancia y control a los generadores.


El origen de los residuos constituye uno de los parámetros principales para su clasificación, debido a que algunas de sus características y propiedades son determinadas por el lugar y forma en que se originan; encontrando los siguientes tipos:

Infecciosos o riesgo biológico
Residuos químicos
Residuos plásticos
Ordinarios e inertes
Vidrio
Latas y Biodegradables

5. RECUPERACIÓN, APROVECHAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN

Reincorporar al ciclo productivo los residuos sólidos, con participación de los diferentes
generadores, las organizaciones de recicladores, las empresas prestadoras del servicio de aseo y demás gremios y entidades que contribuyan en la gestión de los residuos sólidos.

Recuperación de residuos sólidos

Implementar la gestión integral de los residuos sólidos en todas las dependencias de los Centros de Formación.

Promover la separación en la fuente a nivel de todos los generadores.

Realizar y/o promover el estudio, diseño y puesta en marcha de centros de acopio y estaciones de transferencia.

Promover la participación de los recicladores organizados en la recuperación de los residuos sólidos.

Aprovechamiento y comercialización

Promover la creación de empresas para el aprovechamiento y valorización de los residuos sólidos.

Incentivar la clasificación y caracterización de los residuos sólidos, a nivel de todos los generadores.

Investigar, promover, apoyar y/o desarrollar tecnologías de aprovechamiento y tratamiento de residuos sólidos.

Promover y apoyar mecanismos de mercadeo de residuos sólidos y sus subproductos.

Promover y crear mecanismos de alianza estratégica, el sector productivo, las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, para incentivar la investigación y alternativas no contaminantes.


6. SEPARACION EN LA FUENTE

La separación en la fuente es la base fundamental de la adecuada gestión de residuos y consiste en la separación selectiva inicial de los residuos procedentes de cada una de las fuentes determinadas, dándose inicio a una cadena de actividades y procesos cuya eficacia depende de la adecuada clasificación de los residuos.

Para realizar una correcta separación en la fuente se debe disponer de recipientes adecuados, que en términos generales deben ser de un material resistente que no se deteriore con facilidad y cuyo diseño y capacidad optimicen el proceso de almacenamiento.
El diagnóstico permite definir el tipo y cantidad de recipientes que se requieren para la adecuada separación de los residuos, en todas las áreas de la organización. Algunos recipientes son desechables y otros reutilizables, todos deben estar ubicados estratégicamente, visibles, perfectamente identificados y marcados, del color correspondiente a la clase de residuos que se va a depositar en ellos, de acuerdo con los colores que exige la Guía Técnica 024 del ICONTEC (ver figura N° 3).
A excepción de los recipientes para residuos biodegradables y ordinarios, los demás recipientes, tanto retornables como las bolsas, deberán ser rotulados como se indica a continuación


Figura N°3: Guía Técnica 024 ICONTEC

En cuanto a los residuos de tipo químico, es preferible manejarlos en sus propios envases, empaques y recipientes, atendiendo las instrucciones dadas en sus etiquetas y fichas de seguridad, las cuales serán suministradas por los proveedores, cuidando de no mezclarlos cuando sean incompatibles o causen reacción entre sí. En estos casos, se debe consultar normas de seguridad industrial y salud ocupacional

Los residuos radiactivos deben clasificarse y segregarse en el mismo lugar de generación e inmediatamente se producen, para facilitar el siguiente acondicionamiento. Deben segregarse tanto los sólidos como los líquidos, de forma diferenciada y en recipientes diferentes a los residuos comunes.

Características de los Recipientes

· Livianos, de tamaño que permita almacenar entre recolecciones. La forma ideal puede ser de tronco cilíndrico, resistente a los golpes, sin aristas internas, provisto de asas que faciliten el manejo durante la recolección.

· Construidos en material rígido impermeable, de fácil limpieza y resistentes a la corrosión como el plástico.

· Dotados de tapa con buen ajuste, bordes redondeados y boca ancha para facilitar su vaciado.

· Construidos en forma tal que estando cerrados o tapados, no permitan la entrada de agua, insectos o roedores, ni el escape de líquidos por sus paredes o por el fondo.

· Los recipientes deben ir rotulados con el nombre del departamento, área o servicio al que pertenecen, el residuo que contienen y los símbolos internacionales.

Los recipientes deben ser lavados con una frecuencia igual a la de recolección, desinfectada y secada, permitiendo su uso en condiciones sanitarias adecuadas.


Bolsas Desechables

· La resistencia de las bolsas debe soportar la tensión ejercida por los residuos contenidos y por su manipulación.

· El peso individual de la bolsa con los residuos no debe exceder los 8 kg.

· La resistencia de cada una de las bolsas no debe ser inferior a 20 kg.

· Los colores de bolsas seguirán el código establecido para la clasificación de los residuos; serán de alta densidad y calibre mínimo de 1.4 milésimas de pulgada para bolsas pequeñas y de 1.6 milésimas de pulgada para bolsas grandes, suficiente para evitar el derrame durante el su manipulación.

· Las bolsas que contengan residuos radiactivos deberán ser de color púrpura semitransparente, con la finalidad de evitar la apertura de las bolsas cuando se requiera hacer verificaciones por parte de la empresa especializada.
7. RECOLECCIÓN INTERNA DE LOS RESIDUOS

Cada uno de los Centros de Formación deberá diseñar rutas de recolección interna de residuos, según la distribución del centro, estableciendo unos horarios e identificando en cada punto de generación, el número, color y capacidad de los recipientes a utilizar, así como el tipo de residuo generado. Las rutas deben cubrir la totalidad de la institución. La frecuencia de recolección interna es de acuerdo al tipo de residuo estableciendo que los residuos orgánicos se hará diario y los demás residuos tres días a la semana.

Los vehículos utilizados para el transporte interno de residuos deberán ser de tipo rodante, en material rígido, de bordes redondeados, lavables e impermeables, que faciliten un manejo seguro de los residuos sin generar derrames.

Se deberán disponer de un lugar adecuado para el almacenamiento, lavado, limpieza y desinfección de los recipientes, vehículos de recolección y demás implementos utilizados. Los recipientes deben ser lavados, desinfectados y secados, con una frecuencia igual a la de recolección, permitiendo su uso en condiciones sanitarias adecuadas.


8. ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS SÓLIDOS

Para el almacenamiento interno de residuos debe contar con un sitio de almacenamiento central.

El almacenamiento debe reunir las siguientes características:

· Localizado al interior de la organización, de acceso restringido y preferiblemente sin acceso directo al exterior.

· Disponer de espacios por tipo de residuo, de acuerdo a su clasificación (reciclable, peligroso, ordinario, etc).

· Permitir el acceso de los vehículos recolectores.

· Disponer de una báscula y llevar un registro para el control de la generación de residuos.

· Debe ser de uso exclusivo para almacenar residuos sólidos y estar debidamente señalizado.

· Cubierto para protección de aguas lluvias.

· Iluminación y ventilación adecuadas.

· Paredes lisas de fácil limpieza, pisos duros y lavables con ligera pendiente al interior.

· Equipo de extinción de incendios.

· Acometida de agua y drenajes para lavado.

· Elementos que impidan el acceso de vectores, como roedores.

La entrada del sitio de almacenamiento central se encuentra debidamente identificado mediante aviso los materiales manipulados, el código de colores y los criterios de seguridad, implementándose un estricto programa de limpieza, desinfección y control de plagas.

Los residuos peligrosos que por su contenido puedan reaccionar entre sí de forma violenta, no deben de ser almacenados conjuntamente, ya que en caso de incendio, caídas, roturas o cualquier otro tipo de incidente, los recipientes que los contiene pueden resultar dañados y los productos contenidos en ellos pueden entrar en contacto produciendo reacciones peligrosas

CUADRO RESUMEN DE INCOMPATIBILIDADES DE ALMACENAMIENTO DE RESIDUOS PELIGROSOS

8 comentarios:

Anónimo dijo...

ME GUSTARIAN QUE REVISARAN LOS COLORES DE LA LETRA Y ADEMAS PRESENTARAN QUE SE ESTA HACIENDO DENTRO DE CADA CENTRO EL AMBIENTE DE ESTOS.

edilberto dijo...

Buenas dias
me interesaria tener informacion respecto al convenio que tiene el sena con el ministerio de desarrollo y vivienda , me comentan que es un curso que ademas de brindar conocimiento brinda entradas economicas durante su realizacion, soy estudiante primer semestre de de ingenieria ambiental de uniciencia , estoy interesado en el tema, espero de su parte una pronta respuesta al correo electronico edilpergo@hotmail.com -cel 3156004523 - fijo 6934300,
gracias por la atencion prestada,esperando una pronta respuesta.

Anónimo dijo...

EFECTIVAMENTE EL COLOR DE LA LETRA DIFICULTA LA LECTURA, PERO EL MENSAJE FUNDAMENTAL, QUE ES EL MANEJO DE RESIDUOS, ME PARECE IMPORTANTISIMO PARA LLEVAR A LA PRACTICA EL CONCEPTO DE DESARROLLO SOSTENIBLE. NO SE PUEDE HABLAR DE ESE TEMA SIN INVOLUCRAR A LOS PRINCIPALES GENERADORES DE BASURA, ES DECIR, LOS SERES HUMANOS. ME PARECE QUE EL SENA NECESITA UNA ESTRATEGIA AUDAZ PARA HACER EFECTIVAS UNAS NORMAS QUE NO SOLO NOS BENEFICIAN A NOSOTROS COMO COMUNIDAD, SINO A LA HUMANIDAD ENTERA. SALVEMOS LA TIERRA!!!!!!!!!!!

Anónimo dijo...

salvemos nuestro planeta esta en nuestras manos, demonos cuenta delo daño causado.

Gestion Ambiental CFTHS dijo...

Coordialmente invito a todos los interesado en participar en el blog de gestion ambiental del Centro de Formacion de Talento Humano en Salud...


http://gestion-ambiental-cfths.blogspot.com/

Anónimo dijo...

PARA LA PERSONA QUE HIZO EL COMENTARIO EL DIA 16 DE MAYO DE 2008 TENGO UN COMENTARIO; NO SE DICE BASURA, NUESTROS DESECHOS SON CONSIDERADOS "RESIDUOS SOLIDOS" HASTA QUE SE REALIZE LA CARACTERIZACION PARA DETERMINAR SI ES REUTILIZABLE, RECICLABLE O DEFINITIVAMENTE YA NO TIENE ALGUN VALOR AGRADADO Y ES INDISPENSABLE LA DISPOSICION FINAL DIRECTA (RELLENO SANITARIO U OTROS. Y EN CUANTO SALVEMOS A NUESTRO PLANETA ESA PARTE EMPIEZA POR LA RESPONSABILIDAD Y CONCIENCIA AMBIENTAL DE CADA UNO DE NOSOTROS LOS INTEGRANTES DE ESTE PARAISO.

Lina Ortiz dijo...

Hola, alguno de uds conoce si existe una normativa a nivel mundial y cuales son los patrones de colores que se manejan para las canecas ?

Anónimo dijo...

buenos dias porque no esta relacionado el decreto 4741 de 2005...mmmmmmm